El Juzgado de lo Penal nº 5 de Barcelona ha condenado a un establecimiento informático de Barcelona por un delito continuado contra la propiedad intelectual, previsto y penado en el artículo 270, 1º y 74 del Código Penal.
El técnico de la empresa Arts Informática SA ha sido condenado como autor responsable de un delito contra la propiedad intelectual, a que se refiere la acusación formulada por el Ministerio Fiscal y la Acusación Particular, concurriendo la circunstancia atenuante analógica del artículo 21,6 por referencia al artículo 21,4 de reparación del daño causado, y aceptada por la defensa, a la pena de quince meses de prisión, inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y dieciocho meses de multa con una cuota diaria de cuatro euros, lo que supone un montante de 2.160 €, con las responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, así como a las costas procesales. Asimismo, se ha acordado la suspensión de la pena de prisión por un período de dos años, condicionada a no delinquir en tal período, acordando igualmente el fraccionamiento de la multa en 18 plazos de 120 euros mensuales.